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En confianza: Derechos sexuales


La sexualidad es una parte integral de la personalidad de todo ser humano. Su

desarrollo pleno depende de la satisfacción de necesidades humanas básicas

como el deseo de contacto, intimidad, expresión emocional, placer, ternura y

amor.


La sexualidad se construye a través de la interacción entre el individuo y las

estructuras sociales. El desarrollo pleno de la sexualidad es esencial para el

bienestar individual, interpersonal y social.



Los derechos sexuales son derechos humanos universales basados en la

libertad, dignidad e igualdad inherentes a todos los seres humanos.


Dado quela salud es un derecho humano fundamental, la salud sexual debe ser un derecho humano básico.


Para asegurar el desarrollo de una sexualidad saludable en los seres humanos y las sociedades, los derechos sexuales siguientes deben ser reconocidos, promovidos, respetados y defendidos por todas las sociedades con todos sus medios.


La salud sexual es el resultado de un ambiente que reconoce, respeta y ejerce estos derechos sexuales:


¿Qué derechos tenemos?


1. El derecho a la libertad sexual.

La libertad sexual abarca la posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos. Sin embargo, esto excluye toda forma de coerción, explotación y abuso sexuales en cualquier tiempo y situación de la vida.


3. El derecho a la privacidad sexual.

Este involucra el derecho a las decisiones y conductas individuales realizadas

en el ámbito de la intimidad siempre y cuando no interfieran en los derechos

sexuales de otros.


5. El derecho al placer sexual.

El placer sexual, incluyendo el autoerotismo, es fuente de bienestar físico,

psicológico, intelectual y espiritual


7. El derecho a la libre asociación sexual. Significa la posibilidad de contraer o no matrimonio, de divorciarse y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales responsables.


9. El derecho a la información basada en el conocimiento científico.

Este derecho implica que la información sexual debe ser generada a través de la investigación científica libre y ética, así como el derecho a la difusión apropiada en todos los niveles sociales.


11. El derecho a la atención de la salud sexual.

La atención de la salud sexual debe estar disponible para la prevención y el

tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y trastornos sexuales.

2. El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del cuerpo.

Este derecho incluye la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la

propia vida sexual dentro del contexto de la ética personal y social. También

están incluidas la capacidad de control y disfrute de nuestros cuerpos, libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.


4. El derecho a la equidad sexual.

Este derecho se refiere a la oposición a todas las formas de discriminación,

independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad, raza, clase

social, religión o limitación física o emocional.


6. El derecho a la expresión sexual emocional.

La expresión sexual va más allá del placer erótico o los actos sexuales. Todo individuo tiene derecho a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión emocional y el amor.


8. El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables.

Esto abarca el derecho a decidir tener o no hijos, el número y espaciamiento

entre cada uno, y el derecho al acceso pleno a los métodos de regulación de la fecundidad.


10. El derecho a la educación sexual integral.

Este es un proceso que se inicia con el nacimiento y dura toda la vida y que

debería involucrar a todas las instituciones sociales.



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Referencias bibliográficas


Derechos sexuales - Amssac | Asociación Mexicana para la Salud Sexual

A.C.

Mis Derechos Sexuales y Reproductivos | Consejo Nacional de Población |

Gobierno | gob.mx


sexuales-adolescentes-jovenes.pdf


Trabajo realizado por:

Kira Duran

Adali Perez

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